Quando no se puede establecer una exacta proporcion entre las partes constitutivas del Estado, ó algunas causas indestructibles alteran sin cesar los respetos, entónces se instuye un Magistrado particular que no haga cuerpo con los otros, que coloque cada término en su respectiva relacion, y que haga una trabazon ó un medio término, ó sea entre el Príncipe y el Pueblo, ó sea entre el Príncipe y el Soberano, ó sea entre uno y otro á un mismo tiempo, si tal tez es necesario.
Este Cuerpo que yo llamaré Tribunado, es el conservador de las Leyes y del poder legislativo, y sirve tambien algunas veces para proteger al Soberano contra el Gobierno como hacian en Roma los Tribunos del Pueblo; y otras para sostener el Gobierno contra el Pueblo como en Venecia el Consejo de los diez; y enfin sirve tambien para mantener el equilibrio de una y otra parte como hacian los Eforos en Esparta.