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EL CONTRATO

vuelven á traher las cosas al órden de la naturaleza.

Distingamos siempre las leyes generales de las causas particulares que pueden modificar el efecto. Quando todo el Mediodia estuviera cubierto de Repúblicas, y todo el Norte lleno de Estados despóticos no seria ménos verdad que por efecto del clima el Despotismo conviene á los paises calientes, la Berberia á los paises frios, y la buena política á los intermedios. Yo veo que aun asentado el principio, se puede disputar todavía sobre la aplicacion, por que se podría decir que hay paises frios muy fértiles, y meridionales muy ingratos; mas esta dificultad se debe objetar solamente á los que no examinan las cosas por todos sus respetos: es necesario como ya he dicho contar con las labores, con las fuerzas y con el consumo.

Supongamos que de dos terrenos iguales el uno produce cinco y el otro diez. Si los habitantes del primero consumen quatro, y los del último nueve, el exceso del primer producto será una quinta parte, y la del secundo una décima quinta. El respeto de estos dos excesos siendo inverso del de los productos, el terreno que no produsca sino cinco, dará un superfluo doble del que produsca diez.