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98 — Tratado de la Pintura

accidental que echa adelante: y lo mismo se entenderá de cualquier parte que se separe considerablemente de su todo.


§ CCXV.

De las figuras que han de manejar y llevar algún peso.

Nunca se representará una figura elevando ó cargando algún peso, sin que ella misma saque de su cuerpo otro tanto peso hácia la parte opuesta.


§ CCXVI.

De las actitudes de las figuras.

La actitud de las figuras se ha de poner con tal disposición de miembros, que ella misma dé á entender la intención de su ánimo.


§ CCXVII.

Variedad de las actitudes.

En los hombres se ponen las actitudes con respecto á su edad ó dignidad, y se varían según lo requiere el sexo.


§ CCXVIII.

De las actitudes en general.

El Pintor debe observar con cuidado las actitudes naturales de los hombres producidas inmediatamente de cualquier accidente, y procurarlas tener bien presentes en la memoria; y no exponerse á verse obligado á poner á una persona en acto de llorar sin que tenga causa para ello, y copiar aquel afecto: porque en tal caso, como alli es sin motivo el llanto, no tendrá ni prontitud ni naturalidad.