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MEMORIAS DE LA REAL ACADEMIA DE LA HISTORIA

del Santo Evangelio y Procurador general de los religiosos de su orden en esta corte de México, dice:

»Que por haber llegado á su noticia una Eeal cédula dirigida al Excelentísimo Sr. Virey Arzobispo, su fecha en 10 de Diciembre de 1678 años, que se sobrecartó al Excmo. Sr. Virey Marqués de la Laguna y Conde de Paredes á los 2 de Agosto del año pasado de 1685, en que se refiere la noticia que se ha tenido en el Consejo Eeal de las Indias de la propuesta que hizo D. Diego de Peñalosa al Rey cristianísimo sobre la conquista y descubrimiento de los reinos y provincias de Quivira y Teguayo, y asegura ser muy ricos de oro y plata, opulentos de bastimentos y muy populosos sus pueblos, ofreciéndose ir con la armada á su conquista, por decir era muy noticioso de todas las Indias, y á estas noticias se añaden otras que se han tenido de unos prisioneros franceses que declaran haber venido á esa facción con algunas embarcaciones un capitán francés llamado Mr. de Bobochiut [1] , en que parece pretende el Rey cristianísimo poner en ejecución la dicha propuesta, y que asimismo se dice en dicha Real cédula se dudan las noticias de dichas provincias de Quivira y Teguayo, por cuya causa el Memorial impreso por el P. Fr. Alonso de Benavides, Custodio que fué de dicha Custodia de Nuevo México, viene inserto en dicha Cédula Real, su fecha del año 1630, en el cual refiere las noticias que adquirió en el tiempo que asistió en dichas provincias del Nuevo México, la riqueza de oro y plata de Quivira y Teguayo y lo demás sobre que S. M. (que Dios guarde) se sirvió de ordenar con vista de lo contenido en dicho Memorial su Real Cédula en que manda se le informe con toda individualidad, fidelidad, distinción y claridad, lo en ella expresado, y lo demás que pareciere ser conveniente, y sí lo será á no abrir la comunicación que propuso el dicho Fr. Alonso de Benavides por la bahía del Espíritu Santo, que conveniencias ó desconveniencias podrá haber para la ejecución de este efecto, cuáles sean y por qué causas, qué medios se podrán aplicar para su consecución y qué efectos podrá haber con que se pueda efectuar el intento, y si habrá en este reino religiosos que se alienten á ir á estas conversiones, y si habrá mejor y más útil facilidad por las provincias de la Florida, y si por la vecindad que éstas tienen, así por mar como por tierra, con los ingleses y franceses que están poblados al Norte de dichas provincias de la Florida, se puede recelar algún daño en dichas naciones y proposición referida.

  1. Beaujeu.