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dispensa al macho del cuidado de alimentar los polluelos; se observa que mientras que los hijúelos en sus nidos tienen necesidad de nutrimento, el macho y la hembra selo traen, hasta tanto que ellos pueden volar y proveer á su susistencia.

Y es en esto, segun mi dictámen, en lo que consiste la principal, si no es la sola razon porque el varon y la hembra en el género humano se ven obligados á una sociedad mas larga que la que entretienen las otras criaturas. Esta razon es que la muger es capaz de concebir, y es ordinariamente de nuevo en cinta y da á luz un nuevo hijo, mucho tiempo antes que el anterior se halla en estado de poder pasar sin el auxilio de sus padres, y por si mismo proveer á sus necesidades. Así pues, un padre estando obligado de cuidar de aquellos que ha engendrado, y de continuar este cuidado durante mucho tiempo, se halla tambien en la obligacion de continuar viviendo en la sociedad conyugal con la misma muger de quien los ha tenido, y de permanecer en esta sociedad mucho mas tiempo que las otras criaturas, de las cuales los híjuelos pueden susistir por ellos mismos, antes que llegue el tiempo de una nueva procreacion, el vínculo que une al macho y la hembra se rompe en este caso por sí mismo, y el uno y el otro se encuentran en una plena libertad, hasta tanto que la estacion que acostumbra á estimular los animales á unirse, los obliga á escogerse nuevas campañas. Y en esto no se sabrá admirar