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muy centralista y que se basan en una única variedad literaria (como es el caso del italiano, formado fundamentalmente a partir del florentino literario); hay otros que se basan en una variedad creada a partir de la adopción de elementos de diferentes hablas (como es el caso del euskera batúa), y hay otros, aún, que respetan las diferentes modalidades dentro de la unidad (como es el caso del portugués de Portugal y el del Brasil). Esta última posibilidad, teniendo en cuenta la rica tradición lingüística y literaria del valenciano dentro de la lengua compartida, es la que la AVL considera como la más adecuada para nuestro idioma, ya que permite respetar la diversidad dentro de la unidad. Lo que se propone, para el conjunto de la lengua, es, pues, una codificación policéntrica al tiempo que convergente.

8. Partiendo de estos criterios, en el ámbito territorial valenciano, la codificación se ha hecho y se hace de acuerdo con un modelo que incorpora las características propias de las hablas valencianas, tal como se refleja en los acuerdos normativos adoptados hasta ahora por la AVL. Ello posibilita disponer de versiones valencianas propias (medios de comunicación, productos audiovisuales, aplicaciones informáticas, mercado editorial, textos litúrgicos y religiosos…), lo cual no se ha de interpretar como digno de fragmentación lingüística, sino como una vía de promover el uso del idioma mediante el acercamiento del modelo de lengua valenciano a sus usuarios. En esta dirección, la AVL, acogiéndose a los puntos 87 y 88 de la instrucción pontificia Liturgiam authenticam, ha optado por hacer una nueva versión de los textos litúrgicos católicos, a partir de los textos canónicos latinos, fiel no sólo a las peculiaridades lingüísticas propias sino a una rica tradición histórica de versiones litúrgicas valencianas.

9. Sin perjuicio de lo señalado en el punto anterior, en los usos oficiales e institucionales del idioma que, con un alcance general, se hagan fuera del conjunto de todo su ámbito territorial, se debería utilizar un modelo de lengua convergente, basado en formas clásicas integradoras, cuya determinación y aprobación debería corresponder a las diferentes instituciones con competencias normativas sobre la lengua compartida. Esta deseable convergencia debe ser perfectamente compatible con la posibilidad de utilizar los modelos de lengua propios de cada territorio en los usos que