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en solos seis años que dominaron aquel território. Lo mismo hizo con los Alános, que tenían la Lusitánia, y los que quedaron de las rotas acudieron al ampáro del Rey Gunderico de los Vándalos, que se havía hecho fuerte en la parte occidentál de Galicia: de manéra, que estos tampoco pudieron introducir su Léngua.

13 Los Vándalos y Suevos, despues que determinaron servir, y estar à las órdenes del Império Romano, llegaron à las armas sobre los términos de los Lugáres que havían de ocupar: y haviendo derrotado los Vándalos à los Suevos, les fué preciso à estos retirarse à los montes Nervasios, donde los Vándalos los sitiaron. Viéndose los Suevos obligados à recurrir al favór del Império Romano, el Conde Asterio por medio de su Theniente Maurocelo con escogidas tropas hizo que los Vándalos levantassen el sítio, y los dexassen libres: de lo qual irritados se retiraron de Galicia, y llenándola de horróres, è impiedádes, passaron por la Lusitánia, y llegaron à la Bética, ò Andalucía, donde intentaron hacer assiento; pero solicitados del Conde Bonifácio, passaron al Africa à hacerle en ella, quedándose los Suevos en Galicia: con que en tan breves años no es dable que ni Vándalos, ni Silingos, ni Alános pudiessen introducir su Léngua, de la qual no se halla yá el mas leve rastro, ni memória.

14 Aunque los Godos desde Alarico entraron con sus armas en España, solo desde Eurico entraron como señores, dominando lo que estaba por el Império Romano. Y si bien es cierto, que los Suevos posseyeron por mucho tiempo la Galicia, y parte de Lusitánia, ultimamente acabó con su Domínio (como queda dicho) el Rey Leovigildo, poniendo debaxo de su Cetro toda esta Península, menos las Plazas que los Emperadores de Oriente posseían en las costas del Mediterráneo, que les entregó Atanagildo, y recobraron despues Sisebuto, y Suintila. Eurico deseando reducir la ferocidád de sus Godos à vida civíl, y racionál, fué el priméro que les prescribió leyes, y los Reyes que le siguieron fueron añadiendo otras para el buen gobierno, conforme pedían el tiempo, y la ocasión, de cuya colección resultó el Fuero Juzgo: y siendo constante que estas leyes se escribieron en Léngua Latina, se infiere con toda certéza, que esta era la Léngua común, y vulgar que se habló, y de que se usó en lo escrito en todo el tiempo de su dominación en España. Confirma este discurso la diferéncia que huvo entre los Godos, y las otras Naciónes: porque estas entraron usurpando con violéncia; y los Godos como auxiliares, y à sueldo del Império Romano: y assi procuraron saber la Léngua común en él, sin usar de la própria, sino quando hablaban privadamente. Con todo esso es mui probable, que de su Léngua se introduxeron en la Romana algunas voces, de que no se halla etymología, ni en la Léngua Latina, ni en la Arábiga.

15 A los princípios del siglo octavo de la era Christiana passaron del