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destinado para ello, en el Estatúto quarto de este Capítulo, y empezará à leer. Y mientras leyére un artículo, no se permitirá que alguno le interrumpa; pero concluído, hará páusa, para vér si hay quien tenga repáro: y en caso de que le haya, propondrá el mas moderno lo que se le ofreciere, y assi sucessivamente hasta el que presíde, sin permitirse tampoco que nadie interrumpa al que vota, ò habla, siendo lícito al que lee responder lo que se le ofreciere en satisfacción del repáro, despues de haverle oído enteramente. Si oídos estos parecéres estuvieren discordes los Académicos, se reducirá à votos la matéria, y hecha la resolución, se executará inviolablemente, quitando, añadiendo, ò mudando, alli mismo en el papél, lo que la Junta huviere acordado.

ESTATUTO IX.

Si el Autór de la obra no estuviese presente, se le dará notícia de los repáros puestos por la Junta, para que satisfaga à ellos, y oída su razón se confirme, ò altere lo resuelto: y conforme à ello se emendará alli mismo el papél.

ESTATUTO X.

En las matérias que se huvieren de votar se observará esta distinción: que si fuere por votos públicos, empezará por el mas moderno, y finalizará en el señor Directór; pero si huvieren de ser los votos secretos, se hará lo contrário: pues comenzando por el señor Directór, se terminará en el mas moderno: cuyos votos mostrará el Secretário al señor Directór, y al Académico mas antíguo, y publicará la resolución, en caso de haver concurrido la mayor parte de votos; pero si estos estuvieren iguales, decidirá el señor Directór, en virtud del voto de calidád que debe tener en todo.

ESTATUTO XI.

Si algun Académico tuviere que hacer alguna proposición, la dirá al señor Directór, para que proponga à la Junta: ò si esta estuviere empezada, y conviene no dilatarlo, le pedirá licéncia para hacerla, poniendose en pié.

ESTATUTO XII.

Quando se ofreciere haver de hacerse elección de Directór, Secretário, ò Comissários, para qualquier encargo, se hará por votos secrétos, y bastará que en alguno concurran mas votos que en qualquier otro: y solo se repetirán los Escrutínios, en caso de que los que tuvieren la mayor parte estén con votos iguales; pero si la elección fuere de oficio de la Académia, no se podrá hacer sino en Junta de trece sugétos, por lo menos.

ESTATUTO XIII.

La elección de Impressór de la Académia, se podrá hacer en qualquiera Junta; pero siguiendo la misma formalidád en los votos.