les manos. Y como este desígnio, que ahóra me representa el Marqués, ha sido uno de los principales que concebí en mi Real ánimo, luego que Dios, la razon, y la justícia me llamaron à la Coróna de esta Monarchía, no haviendo sido possible ponerle en execución entre las contínuas inquietúdes de la guerra: he conservado siempre un ardiente deséo de que el tiempo diesse lugar de aplicar todos los medios que puedan conducir al público sossiego, y utilidád de mis súbditos, y al mayor lustre de la Nación Españóla. Y como la experiencia universal ha demonstrado ser ciertas señáles de la entera felicidád de una Monarchía, quando en ella florecen las Ciencias, y las Artes, ocupando el trono de su mayor estimación. Y como estas se insinúan y persuaden con mayor eficácia, quando se hallan vestidas y adornadas de la eloqüéncia, y no se puede llegar à la perfección de esta, sin que priméro se hayan escogido con sumo estúdio, y desvélo los vocablos y phrases mas próprias, de que han usado los Autores Españóles de mejor nota, advirtiendo las antiquadas, y notando las bárbaras, ò baxas: de modo, que trabajando la Académia à la formación de un Diccionario Españól, con la censura prudente de las voces y modos de hablar, que merécen, ò no merécen admitirse en nuestro Idióma, se conocerá con evidéncia, que la léngua Castellana es una de las mejores que oy están en uso, y capáz de tratarse, y aprenderse en ella todas las Artes y Ciencias, como de traducir con igual propriedád y valentía qualesquiera origináles, aunque sean Latinos, ò Griegos. Y como de intento tan ilustre se origína tambien el mas elevado crédito de la Nación, pues manifiesta el copioso número de sugétos que adornan esta Monarchía, insignes en todas letras, y en la professión de la eloqüéncia Españóla, de que resulta el esplendór de mis súbditos, y la mayor glória de mi gobierno. Por estas justissimas consideraciones me ha sido muy agradable este representación, tan conforme à mi Real ánimo, hecha por el Marqués, de establecer la Académia Españóla: la qual ha de estar inmediatamente, con el número yá señalado de veinte y quatro Académicos, debaxo de mi amparo, y Real Protección. Por tanto ordeno, y mando, que el puesto de Directór de la referida Académia sea perpétuo en el priméro que ahóra entráre à ocuparle, presida en ella, y ordene todo lo que juzgare à propósito, para lograr el fin con que se establece; pero el que le sucediere en este honroso empléo, le ha de ocupar solamente por el espácio de un año, y despues se ha de elegir entre los Académicos, por mayor número de votos secretos. Apruebo el nombramiento de Secretário, cuyo encargo ha de servir continuamente por las razones arriba expressadas. Y assimismo concedo facultad y permisso à la Académia, para que tenga Impressór próprio, donde imprima sus escritos, con calidád que precéda la licencia del Consejo antes de darlos à la estampa. Teniendo por bien, que use la Académia de su sello particulár, con el cuerpo, y letra Castellana, que tengo aprobado con mi Real Decreto de quatro de Mayo de este año. Y a fin de mostrar mi Real benevoléncia, y de que se empléen los Académicos, con mas aliento, y continua aplicación al cumplimiento de su instituto, he venido en concederles, como por la presente les
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