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so LUCILA DE GREGORIO LAVIE

45. — ELECCIONES MUNICIPALES

En la Capital Federal la eleccién de los miembros del Con- cejo Deliberante se efectfia por sistema de la representacién proporcional (leyes 10.240, 11.408 y 12.260).

Se basa en la determinacién del coeficiente electoral que se obtiene dividiendo el nfimero total de votos vélidos por el n1'1- mero de bancas a llenar. Cuantas veces el coeficiente pueda caber en la cifra total de votos de cada partido, representa otros tantos candidatos electos dentro de la lista de ese par- tido. Si de la adjudicacién del nfimero de bancas a los partidos resultan una o mas bancas sin proveerse, éstas les corresponden a los partidos con mas altos residuos.

Los electores votan por una lista completa.

46.—NATURALIZACION DE EXTRANJEROS

De acuerdo al espiritu de la Constitucion de la Nacién Argentina que expresa en su Preémbulo el propésito de que Ios beneficios que otorga alcancen a “todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino”, les ofrece e1 méximo honor y el mayor bien que puede brindarlesz el derecho a adquirir la nacionalidad argentina.

La naturalizacién o nacionalizacién es el derecho que tienen los extranjeros, hombres y mujeres, de obtener la na- cionalidad argentina.

Los extranjeros que se hayan adaptado a la Vida y cos- tumbres argentinas y que la amen como a su Patria de ori- gen, pueden si 10 desean, naturalizarse, gozando asi los mismos derechos que los ciudadanos argentinos y contra- yendo las mismas obligaciones.

La ley de octubre de 1869, llamada Ley de ciudadania argentina, reglamenta el derecho de los extranjeros de natu-