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42 LUCILA DE GREGORIO LAVIE

Cuando no sea posible hacer efectivo el importe de una multa por falta de recursos del condenado, éste sufrira arresto en razén de un dia por cada $3 5.

Aplicacién.——En la practica, las sanciones penales se aplican muy poco, pues, pese al caracter sumario que ha que- rido imprimirle la ley, el procedimiento resulta complicado y el nfimero de juicios demasiado grande.

Para el personal del Estado existe la obligacién de que todos los ciudadanos electores, bajo pena de suspension de sus empleos, presenten su libreta de enrolamiento a sus superiores inmediatos, el dia anterior al de una eleccién nacional (art. 29, Decreto Reglamentario). Y la costumbre ha impuesto la obligacién de presentarla el dia posterior, exhibiendo la ano- tacién de que “voté”.

La junta escrutadora, practicado el escrutinio de cada sec- cién, clebe enviar a los fiscales federales, las listas de los elec- tores que no hayan oumplido con la obligacién de votar a fin de que el fiscal pliblico, en su respectiva seccién electoral, acuse ante el juez federal a los ciudadanos infractores (art. 85).

Los juicios por infracciones a la ley electoral, deben ini- ciarse ante los jueces federales competentes; serén verbales y sumarios y deben quedar resueltos en un solo acto. Las partes concurriran al comparendo provistas de la documentacién y pruebas que tengan en su descargo (art. 89).

Todas las faltas y delitos electorales pueden ser acusados por cualquier elector perteneciente al mismo (listrito electoral.

30.—EL VOTO ES SECRETO

Ningfin ciudadano puede hacer ante la mesa, actos osten- sibles que impliquen revelar el partido o la lista por quien votaron (art. 13). El presidente de la mesa puede mandar arrestar al ciudadano que‘ viole el secreto del voto. La ley no