Página:De Gregorio Lavie. La Ciudadana, para las mujeres que votan. Buenos Aires, 1948.djvu/19

Esta página no ha sido corregida

LA CIUDADANA 19

aprobacién y que, a1 otorgar los derechos politicos a las mu- jeres, jaloné un nuevo triunfo para la Revolucién.

El 23 de septiembre de 1947, en acto pfiblico ante una cre- cida multitud, en la Plaza de Mayo, el Presidente de la Repti- blica, promulgé solemnemente la ley; habia cumplido la promesa que hiciera en 1945.

3.——PROYECTOS DE SUFRAGIO DE LA MUJER EN LA LEGISLATURA ARGENTINA

La cuestién del voto femenino ha sido planteado reiterada- mente en el Parlamento Argent-ino. Los proyectos presentados sufrieron la suerte de tantas Ieyes fitiles, pasando a estudio de Comisén, donde caducaron invariablemente.

El Diputado Araya en 1919 proyecté la modificacién del Art. 79 de la Ley de ciudadania N9 346 y el art. 19 de la Ley Electoral N9 8871, proponiendo el goce de los derechos politicos para las ciucladanas nativas y naturalizadas de 22 afios cum- plidos.

F rugoni en 1922 proyecté una breve ley (art. 19) “Las mu- jeres mayores de 20 afios, diplomadas en universidades, liceos, escuelas normales, secundarias y especiales‘ tienen todos los de- rechos politicos acordados a los ciudadanos.”

Bard en 1925 propone modificar las leyes N9 346 y 8871 otorgando el voto a las mujeres nativas o naturalizadas desde los 22 afios.

Albarracin en el 1929 propone la modificacién del art. 19 de la Ley 8871 otorgando los derechos electorales a las mujeres que sepan leer y escribir, que tengan 18 afios, especificando la forma de inscripcién en el Padrén Electoral en forma detallada.

Bustillo en 1929 proyecta modificar el art. 19 de la Ley 8871 y los otorga a las mujeres que sepan leer y escribir, de 18 afios y articula la inscripcién en el Padrén Electoral.