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LA CIUDADANA 129

].52.—ASOCIACIONES SIN RECONOCIMIENTO GREMIAL

Las asociaciones profesionales que no refinan Ios requisitos para que se les otorgue personalidad gremial, podrén sin em- bargo ser inscriptas en un registro especial de la Secretaria de Traba.jo y Previsién, presentando una solicitud firmada por treinta socios, acompafiando en doble ejemplar:

19 Copia. auténtica del acto de constitucién y de los esta- tutos y reglamentos de la Asociacién.

29 Némina de los miembros que integran la comisién, con la indicacién de su nacionalidad, profesién u oficio.

Derechos. Cuando no exista asociacién de la misma acti- vidad, sindicato o federacién con personalidad gremial podra defender y representar ante el Estado y los empleadores los intereses profesionales. Si la hubiera, el art. 32 del Decreto fija sus derechos.

Pueden peticionar en defensa de los intereses profesionales; fundar instituciones de previsién, de asistencia y difusién de cultura e instruccién; asi como cooperativas de produccién de crédito y de vivienda; cobrar cuotas a sus asociados y constituir y participar en federaciones y realizar todos aquellos actos que no le sean prohibidos.

153. —— ASISTENCIA SOCIAL

Las actividades a que se han dedicado con preferencia las argentinas desde el comienzo de su evolucién social han sido, la ensefianza y el ejercicio de la caridad.

En la actualidad la Asistencia Social, cobra una importan-

cia fundamental en la organizacién de las naciones. La est1'uc- tura de la seguridad social se consolida con la previsién y la asistencia.