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Artículo XXIV – Contratos De Arrendamiento

legislativa apruebe; y los precios, regalías y otros productos monetarios que resulten de dichos contratos que concuerden con las disposiciones de dicha ley del congreso cuyo propósito es el sostenimiento o la ayuda de las escuelas comunes, o para que se logren los respectivos propósitos de las distintas concesiones. (Según fue agregada por el pueblo el 6 de noviembre 1928, según fue modificada el 7 de noviembre 1967.)

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