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declara: el Poder Executivo la publica, levanta los exércitos y los dirige. Pero aun hay mas: sin los nuevos subsidios que ella exige, nada hará ese ambicioso sino vanos esfuerzos con que contentar su pasion. Su facultad se extiende al desnudo hecho de solicitarlos; la del Congreso á alargarle la mano con medida, y bacerle siempre sentir su dependencia.

Quando el Congreso Constituyente autorizó al Poder Executivo con la doble facultad de disponer de los fondos pú blicos, y distribuir honores y dignidades, bien sabía lo que ella puede en las manos de un ambicioso para ganarse aliados, corrompiendo la virtud misma; pero tambien sabía, que la Constitucion abria caminos para detenerlos en la carrera de sus empresas. Contra ese principio desorganizador, que nace, crece y se fortifica en el seno de la corrupcion, quiere la ley fundamental que el Poder Executivo vaya enfrcuado por las reglas que establece el Legislativo en el manejo de los caudales; y que, si es de su resorte poner empleados en los puestos, sea tambien del de éste último acusarlos por una Cámara, y separarlos por la otra. Así se vé, que las desviaciones del Gobierno Supremo se hallan contenidas en esta parte por la Constitucion, y reducido su influxo al puro bien socialeye plibb me Si analizamos mas la Constitucion, todo nos hará ver que está trazada en justas proporciones. El Executivo celébra los tratados con las demas naciones; el Senado los aprueba ó rechaza segun la forma constitucional, Nada mas en el órden de los principios, que deben regir á una nacion sabia y zelosa de su libertad. El objeto de esos tratados es conservar la balanza política entre sus diversos intereses y fuerzas; es combinarlo de tal modo que ninguna potencia pueda