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Articulo 6.°

Todo español está obligado á defender la patria con las armas cuando sea llamado por la ley, y á contribuir en proporcion de sus haberes para los gastos del Estado.

Articulo 7.°

No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningun español, ni allanada su casa sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.

Articulo 8.°

Si la seguridad del Estado exigiere en circunstancias extraor-