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de los sondajes que haga practicar, encontrara y tuviera que denunciar la existencia de una ó varias minas, ella se reserva el derecho de extender su sistema de canalización hasta, ó tan cerca como sea posible, de las minas denunciadas. En este caso la Nación acordará á la Empresa para esta ó estas extensiones las mismas ventajas y compensaciones que las acordadas para el canal y dependencias, objeto de esta concesión. La Compañía á su vez se obliga á extender á esta ó estas extensiones las obligaciones que contrae para el mismo canal y dependencias.

Art. 25. Se declarará libre de derechos de entrada ó impuestos de cualquier naturaleza que sean establecidos ó á establecerse, tanto nacionales y provinciales como municipales, y esto durante un período de 30 años, á contar desde la promulgación de la ley de concesión, todas las máquinas, herramientas y útiles para las colonias y establecimientos agrícolas, indusrtiales y mineros que se establezcan en las tierras concedidas.

Art. 26. Toda diferencia que surgiera entre las partes contratantes sobre el valor, inteligencia ó ejecución de este contrato será sometida á la decisión de arbitros nombrados en forma legal.