sobrellevar el despotismo, huye de sus pretensiones, y los obliga á contenerse dentro de los límites prescriptos por la costumbre.
Las leyes civiles de una sociedad, cuyas costumbres son simples, y los intereses poco complicados, no pueden ser en gran número. Los Araucanos tienen muy pocas; estas todavia, atendido el estado de vida de ellos, serian suficientes, si fuesen mas respetadas y menos arbitrarias. El sistema especialmente de su criminal jurisprudencia, es muy imperfecto. Los delitos que se reputan dignos de pena capital, son la felonía, el homicidio voluntario, el adulterio, el hurto de cosa grave, y la hechiceríta. Sin embargo los homicidas pueden librarse del suplicio, por via de composicion con los parientes del muerto. Los padres de familia no estan sujetos á ninguna pena quando matan á sus hijos ó mugeres, porque por sus estatutos estan declarados dueños naturales de sus vidas. Los pretendidos hechiceros, que no exîsten sino en aquellos paises donde reyna la ignorancia, son primero atormentados con fuego, á fin de que descubran sus cómplices, y despues muertos á puñaladas.
Los otros atentados menores se castigan con la pena del talion, la qual entre ellos está muy en uso, baxo el nombre de thavlonco. La justicia se hace tumultuariamente, y sin alguna de aquellas previas formalidades, en la mayor