reno que le fue transmitida por sus antepasados, donde exercitando la agricultura se procura la propia subsistencia. La índole de este pueblo altivo, en el qual predomina aun el genio selvático, no sabria adaptarse á habitar dentro de ciudades muradas, las quales ellos miran como un signo de servidumbre.
CAPITULO II.
DIVISIÓN DEL ESTADO
Araucano: constitucion política leyes civiles.
DIVISIÓN DEL ESTADO
La regularidad, pues, que no se encuentra en sus poblaciones, es observada con mucha inteligencia en la política distribucion de su estado. Ellos lo han dividido del septentrion al mediodia en quatro Butalmapus, ó sean Tetrarquías paralelas, y quasi iguales, á las quales dan ' el nombré de lauquen-mapu, esto es, pais marítimo; lelbun-mapu, pais llano; inapire-mapu, pais subandino; y pire-mapu pais andino, ó de los Andes. Cada Butalmapu se subdivide en cinco aillaregues, ó provincias; y cada aillaregue, en nueve regues, ó condados.
El pais marítimo comprehende las provincias de Arauco, Tucapel, Illicura, Boroa, y