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del Reyno de Chile
to de aquellos pueblos, es administrada por ellos con una integridad singular. Los demas Tribunales Supremos son el de Hacienda, el de Cruzada, el de Tierras Vacantes, y el Consulado, el sea el Tribunal del Comercio, independiente de qualquiera otro de este genero.
Las provincias son gobernadas por Prefectos, llamados anteriormente Corregidores, y ahora conocidos con otros nombres [a], los quales, segun su institucion, deben tener nombramiento Real, pero atendida la distancia de la Corte, son por lo comun creados por el Capitan General, del qual se dicen Lugar-Tenientes. La jurisdicion de ellos se extiende sobre lo político y sobre lo militar, y sus emolumentos dependen de los inciertos de las propias cargas. En todas las capitales de las provincias hay, ó á lo menos debe haber, un Magistrado Municipal llamado Cabildo, el qual es compuesto, como en el resto de la Monarquía, de varios miembros perpetuos nombrados Regidores, de un Porta-Estandarte, de un Procurador, de un Juez Foraneo denominado Alcalde Provincial, de un Alguacil, ó justicia mayor, y de dos Cónsules óBur-
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- ↑ Subdelegados se llaman en el dia. El nombramiento de estos ha mandado S. M., por punto general, que lo hagan los Intendentes y Capitanes Generales del reyno.