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catan; y que un trienio se tuviese el capitulo y residiese el Provincial en una, y otro en la otra. En virtud de este decreto se celebró el primer capitulo en Mérida, el año de 1560, en que fue electo primer Provincial el R. P. Fr. Diego de Landa; y á los tres años se hizo en Guatemala Provincial á Fr. Gonzalo Mendez. En el capitulo general del año de 1565 se erigió en Provincia, separada de la de Yucatan, la del Dulcísimo Nombre de Jesus de Guatemala; y habiendo recibido la patente, que para este efecto se despachó, el año de 66, el citado Padre Provincial convocó á capítulo, en que se hicieron los estatutos para el gobierno de la Provincia se eligió Provincial al M. R. P. Fr. Diego Ordoñez. El año de 1647 se estableció la alternativa en esta provincia, entre los Religiosos de España y los criollos, asi para el Provincialato, como para los otros oficios, conforme al decreto del capilulo general celebrado el año de 1645, confirmado por el de 1658 y por N. S. P. Alejandro VII, en su Bula de 6 de Mayo de 1664. Ha florecido esta Provincia en virtud y letras, teniendo la gloria de ver ceñidas las frentes de siete hijos suyos con la corona del martirio: contando muchos generalmente aclamados por santos, entre los cuales se hallan siete colocados en el Martirologio Franciscano; y por último, ha visto dos exallados á la dignidad Episcopal. El Convento de San Francisco de Guatemala, es Casa de estudios desde el año de 1575. Hay en él tres Cátedras de Teologia, una de Cánones y otra de Filosofia. Y á mas de esto tiene un Colegio intitulado de San Buenaventura, donde se separan aquellos jóvenes que muestran mejor talento y aptitud para las ciencias: habiase extinguido á mediados de este siglo;[1] pero se ha repuesto el año de 1798.

El tercer Convento que se fundó en Guatemala fué el de Nuestra Señora de la Merced. Aunque desde el principio de las conquistas de la América vinieron Religiosos de este Orden á cobrar las mandas de redencion, no


  1. Cuando se dice este siglo se debe entender el 18º, á cuyos fines se escribió este tratado.