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bida á la tolerancia de algunas autoridades, por que aquellas providencias se conservaron vigentes en todo el periodo de que voy hablando.

Respecto de lo segundo, por muchos años despues del descubrimiento de América no se dictó providencia alguna que fijara el tiempo y órden en que habian de hacer sus viajes los buques que pasaran á ella, de manera que todos los que reunian los requisitos prevenidos en las ordenanzas y alcanzaban el permiso correspondiente, podian hacer el viaje cuando á sus dueños convenia. Todavía mas tarde, cuando el temor de los corsarios obligó á los especuladores á ponerse de acuerdo para enviar sus buques reunidos, y á consecuencia de esto se dispuso que no saliesen sino cuando hubiera por lo menos siete juntos, para que navegasen en conserva unos de otros, nada se dijo respecto del tiempo en que habian de partir, lo cual se dejaba á la voluntad de los mismos especuladores; mas habiendo sido informado luego el rey de que se cometian no pocos fraudes á la sombra de aquella libertad, yendo muchos de los buques que regresaban de América á hacer ocultamente sus descargas en varios puntos de la costa de Portugal y aun de la misma España, ordenó, por una cédula de 16 de Julio de 1561, que no saliese de Cádiz ni de San Lúcar nao alguna sino en flota, pena de perdimiento de ella y de cuanto llevase, y que cada año fuesen dos flotas con naos para Tierra-Firme y Nueva-España, la una por Enero y la otra por Agosto con capitan y almirante, y que sobre la Dominica se apartasen las que fueran para Nueva-España, yendo el general con las de una provincia y el almirante con las de otra.

De esta última disposicion tuvo su orígen el sistema de flotas, que, con pocas variaciones acerca de las fechas en que debian hacer sus viajes, así como sobre la cantidad de mercancías que habian de conducir, y con algunas interrupciones ocasionadas por las guerras que durante este periodo sostuvo la España con la Inglaterra, se siguió constantemente por mas de dos siglos para los cambios mercantiles de todas las colonias españolas de la América con su metrópoli, hasta que la Ordenanza general de 12 de Octubre de 1778 vino á destruiren algun modo esas trabas que la ignorancia y una torpe avaricia de parte del gobierno de la Península y de los monopolistas, opusieron por tanto tiempo al desarrollo de la industria y del comercio de ambos países.

Para acabar de dar aquí una idea de los únicos medios de comunicacion que entre estos existieron durante ese dilatado periodo, agregaré que así en tiempo de las flotas como antes de que éstas se establecieran, venian de España á va-

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