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DOCUMENTOS INÉDITOS.

ropa, y mantenimientos, y otras cosas del servicio de su casa, derechos, ni otra cosa alguna que á Nos pertenezca, por esta vez, por cuanto de lo que en ella monta yo le hago merced, con tanto que la persona que así en su nombre llevare las dichas cosas, jure que todo lo que así lleva es para el dicho Diego Velázquez e que no es para vender, mercadear, ni dar, ni donar, ni otra cosa alguna, salvo para el mantenimiento y servicio del dicho Diego Velázquez e de su casa e indios; e mando que esta cédula dure por término de doce meses que corran e se cuenten desde el día de la fecha desta cédula adelante, la cual tomaréis en vosotros para vuestro descargo, en non fagades ende al, siendo tomada la razón de esta mi cédula por los nuestros oficiales que residen en la cibdad de Sevilla. Fecha en Zaragoza á XXIX de octubre de UDXVIII años.—Yo el Rey.—Refrendada del secretario Cobos.—Señalada del gran Canciller y del Obispo de Burgos, y D. García de Padilla y el licenciado Zapata.

39.
(1518.—Noviembre 7.)—Real cédula concediendo licencia á los vecinos de la isla Fernandina para armar bajeles á su costa, y descubrir y conquistar islas ó tierras nuevas, con las condiciones establecidas para estos casos.—A. de I., 139, 1, 5.


El Rey.—Por cuanto por parte de vos los vecinos y pobladores de la isla Fernandina, que antes se llamaba de Cuba, me fué hecha relación