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DOCUMENTOS INÉDITOS.

allá se vean e fenezcan, los vecinos e pobladores de las dichas Indias reciben mucho agravio e daño, porque por ser muchas las demandas que se ponen á los dichos jueces e justicias en las dichas residencias, de poca cantidad, y la distancia del camino, aunque claramente conoscen tener justicia, por las muchas costas e gastos que se les ofrecen dejan de seguir las dichas cabsas, e así su justicia perece, que los dichos vecinos reciben mucho agravio e daño, nos fué suplicado e pedido por merced mandásemos proveer en ello de remedio con justicia, ó como la nuestra merced fuese, lo cual, visto por el dicho nuestro Consejo de las Indias, queriendo proveer en ello de manera que los nuestros súbditos e naturales sean desagraviados e alcancen su justicia, fué acordado que debíamos mandar dar esta nuestra carta en la dicha razón, e Nos tovímoslo por bien, por la cual queremos e mandamos e es nuestra merced e voluntad que de aquí adelante todas las apelaciones que se interpusieren en caso de residencia de los jueces de residencia que por Nos han sido ó fueren proveídos para las dichas Indias, islas e tierra firme del mar Océano, de hasta seicientos pesos de oro e dende abajo, vayan á la nuestra Abdiencia e Chancillería questá e reside en la isla Española, para que allá sean vistas por el nuestro presidente e oidores della e hagan lo que fuere justicia, á los cuales lo cometemos e damos poder cumplido para determinar los dichos casos de apelaciones.