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ISLA DE CUBA.

otro caso más grave, por el dicho Gonzalo de Guzmán, teniente de gobernador, e firmáronlo Pero Núñez de Guzman, Pero de Paz, Andrés de Duero, Fernando de Castro, e yo Jerónimo de Alanís, escribano susodicho, lo escribí e fice este mío signo á tal en testimonio de verdad.—Jerónimo de Alanís, escribano público e del concejo.

92.
(1527.—Marzo 16.)—Real cédula al gobernador y justicias mandando mantener en su derecho á Antonio Velázquez, como heredero de Diego Velázquez.—A. de I., 139, 1, 7.


El Rey.—Gobernador, alcalde e otros jueces e justicias cualesquiera, así de la isla de Cuba como de todas las otras islas indias y tierra firme del mar Océano, á quien lo en esta mi cédula contenido toca e atañe, e á cada uno de vos en vuestros lugares e jurisdicciones: Antonio Velázquez, vecino de la villa de Cuéllar, me hizo relación quel adelantado Diego Velázquez, nuestro gobernador de la isla de Cuba, difunto, por su testamento e postrera voluntad le dejó e instituyó por su universal heredero, e que él quiere ir á cobrar los bienes e herencia del dicho Adelantado, e me suplicó e pidió por merced vos mandase que cerca de lo susodicho le hiciese dar entero cumplimiento de justicia, sin que recibiese agravio, ó como la mi merced fuese; por ende yo vos mando á todos e