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DOCUMENTOS INÉDITOS.

procedí contra un amancebado e que no le sentencié, á esto digo que yo mandé al fiscal que lo siguiese en la causa e no quedó por mí, e cada vez quel dicho fiscal hizo abtos, yo procedí en la dicha cabsa conforme á derecho.

Otrosí, cuanto al cargo que se me puso que yo había estado amancebado públicamente con mujer casada, á esto digo que yo nunca tal estuve, ni nunca Dios tal querrá, y dejado aparte de yo no ser casado, e lo que sobre esto podré decir para que no hobiese lugar en mí la ley que hablase en amancebados, porque de dárseme el dicho cargo se sigue mucho inconviniente, ansí á la honestidad de mi persona como al peligro que dello podría redundar, digo que se debiera mucho mirar por vuestras mercedes el dicho cargo que me distes, lo uno porque ya que yo fuera e que yo hobiera conoscido alguna mujer casada, que no fice esto, no tocaba al cargo que vuestra merced, el señor Gonzalo de Guzmán, tiene para tomarme residencia, pues caso que yo en esto pecase, no era como juez, pues no tenía á la tal mujer en la cárcel, ni como digo como juez pecaría en esto, e lo otro si era como, señor, decís casada, mayormente si había alguna sospecha de mujer honrada, mirase vuestra merced que por leyes destos reinos, sólo el marido y no otro la puede acusar, y que vuestra merced no se debiera de meter de su oficio en hablar en ello, lo otro debiérades, señor, mirar el peligro y la honra