Página:Colección de documentos inéditos de las antiguas posesiones españolas de ultramar. Tomo 1. Isla de Cuba.djvu/295

Esta página ha sido corregida
286
ISLA DE CUBA.

pagar redución del dicho oro ni la hechura de la dicha cadena, que sin lo que valía la demasía del dicho oro, con la hechura de la dicha cadena, le dió menos fasta nueve pesos de oro.

8. Y ansimismo que rescibió en cosas de mercaderías de la tienda del dicho Juan de Herver e Pero del Olmo e de Ruy Váez, sus compañeros, fasta en contía de tres pesos de oro, los cuales no les pagó ni ellos se los osaron pedir por ser justicia.

9. Otrosí, le fago cargo que trajo en las minas de la villa del Puerto del Príncipe indios cogiendo oro e á las personas que se la mantuvieron no les pagó la costa que los dichos indios ficieron.

10. Item, se le face cargo á la gente que así trajo en las dichas minas la trujo por ministro Alonso Cordovés, el cual de su salario le venía cierta parte del dicho oro y traído á fundir, el dicho Licenciado no le pagó el dicho su salario e parte, puesto quel dicho ministro se lo demandó, antes se quedó con él.

11. Item, se le face cargo quel dicho Licenciado por fuerza e contra voluntad de Antonio de Santa Clara, vecino desta cibdad, le tomó una cruz de oro con ciertas perlas que pesaba más de seis pesos de oro.

12. Item, se le face cargo al dicho Licenciado que usando de los dichos cargos tenía tratos de comprar e vender cosas de mercaderías, así enviando á la villa de la Habana á vender con Juan de Rojas,