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DOCUMENTOS INÉDITOS.

determine en la dicha causa, e que vos el dicho Licenciado les dejeis libremente proveer acerca de los mantenimientos e poner precio en ellos, e si algunos de tales precios se agraviaren, que pendiente la cabsa se guarde lo mandado por el dicho cabildo como dicho es.

Otrosí, diz que vos el dicho Licenciado, porque los alcaldes y regidores no puedan facer cabildo sin que vos lo sepais, para procurar como diz que procurais de saber lo que en él pasa, habeis tomado por fuerza tres llaves que tienen en una arca donde se meten el libro de cabildo e las otras escripturas de la ciudad, y en que están sus privilegios e libertades, diciendo que vos habeis de tener la una e por esto las habeis tomado todas; pidiónos lo proveyésemos como al servicio de S. M. y al bien de los susodichos conviniese, á lo cual se provee e manda que las dichas tres llaves de la dicha arca del cabildo tenga, la una, uno de los alcaldes desa ciudad, pues vos el dicho Licenciado (no?) entrais en el dicho cabildo, e la otra llave tenga un regidor, e la otra el escribano del cabildo, e mandamos que luego se las volvais e restituyais para que las tengan según e como dicho es.

Item, diz que ansimismo habeis tomado la llave de la casa de la fundición, e la teneis en vuestro poder, e no la quereis dar, porque no se haga fundición sin que vos lo sepais y esteis en ella, porque los oficiales de S. M. no consienten que entreis en