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ISLA DE CUBA.

siempre inviéis todo lo que tovierdes, por la orden susodicha.

Otrosí habéis de tener mucho cuidado y vigilancia de ver lo que á nuestro servicio cumple que se haga en la dicha isla, para la población et pacificación della, y avisarnos larga y particularmente dello, y principalmente cómo se cumplen y ejecutan nuestros mandamientos en la dicha isla, et cómo son tratados los indios naturales della, et cómo se guardan las ordenanzas que para su buen tratamiento et conversión están hechas, et cómo guardan nuestro gobernador et oficiales nuestras instrucciones, et las otras cosas de nuestro servicio, et todo lo demás que vos vierdes que conviene yo ser informado.

Ansimismo habéis de enviar relación cómo anda el oro en las fundiciones que en las dichas islas e tierra se hicieren, y que tanta cantidad se mete á fundir en cada fundición, y que tanto sale fundido, ansí para Nos, como para otras cualesquier personas, la cual relación ha de venir muy larga y particularizada, firmada de la persona que por Nos toviere la gobernación de la dicha isla, y de vos y de los otros nuestros oficiales.

Item, habéis de tener cuidado de pedir et cobrar del nuestro fator de la dicha isla el oro y maravedís que por Nos cobrare de las cosas et granjerías de nuestra Hacienda que vendiere, de manera que en su poder no se detenga cosa alguna el dicho oro y