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COLÓN

to.102 Además se autorizó á D. Bartolomé Colón para cobrar los salarios de Contino aunque no residiera en la Corte, sino en Indias, confirmándole la posesión de la isla de la Mona, trasladando después el cargo de Adelantado de las Indias á su hermano. Por último, escribiendo los oficiales reales que había duda si ciertos derechos pertenecían á la corona ó al Almirante, se les previno los adjudicasen y pagasen á éste.103

Tomóse la residencia á Ovando, y la dió buena; el P. Las Casas, sin perjuicio de considerar á su cargo la perfección de los repariimientos y la matanza de Anacaona, consigna otra vez que «fué ejemplo de honestidad y de ser libre de cudicia este buen caballero en esta isla, donde pudiera, con mucha facilidad, en lo uno y en lo otro, corromperse; díjose que pidió dineros prestados para salir de la isla, y notóse que, para el viaje, nombrara Capitán general de la flota, el Almirante, á su hermano D. Hernando, poniendo á una persona tan señalada y digna de veneración, y en dignidad de Comendador mayor constituido, y que había sido Gobernador de todas las Indias, sujeto á un muchacho de diez y ocho años; no pareció bien