en África, con prisión en la fortaleza de Orán, y esto no es todo; se agravó la penalidad con mandato tan arbitrario como inicuo: había de pagar de su bolsillo diez guardas de á caballo, sin que él pudiera ejercitarse en la equitación. Así pasando días, mesesy años en el encierro, sin que por la falta de salud siquiera se dulcificara la sentencia, consintiéndole respirar el aire puro del campo: murió el 3 de Febrero de 1572.
Tanto es difícil considerar seriamente el capítulo de culpas del eterno D. Fernando, del Emperador, sus consejeros, jueces, cortesanos, y en general de la nación española, que abandona por el pecado venial de poligamia á la tercera víctima de su saña colombina, al nieto de el Embajador de Dios, que pasara sin mención, si entre las cómicas consideraciones del Conde de Roselly no se mezclaran los tiros que su sistemática pasión endereza sin tregua ni descanso á la dignidad nacional. Hay, pues, necesidad de preguntarle: ¿qué fué de la gloria eterna que adjudicaba á la lealtad castellana por el integérrimo proceder de la magistratura, al ventilar las demandas cuantiosas contra