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COLÓN

guardase para nuestras granjerias, e que entonces algunos vecinos metían allí sus ganados, e que aunque se les reprendía, no se les sentaba la pena, de piedad, de manera que metían casi por mitad, e que después que vos fuistes habéis dado lugar que se metan tantos, que no pueden aprovecharse del para nuestra granjeria. Debéis luego mandar guardar el dicho monte para nuestras granjerias, poniendo pena para ello e mandándola sacar.

»Porque á nuestro servicio conviene que de los indios que vacaren e fueren quitados á algunas personas con justa cabsa e título, se provean nuestras minas, para que en ellas anden los más indios que se pudieren, por ende yo vos mando que de los dichos indios que así vacaren, deis e fagáis dar al dicho Miguel de Pasamonte, nuestro tesorero, todos los indios que vos pidiere e le parecieren que fuere menester para las dichas nuestras minas, pues es razón que en ser nuestras anden en ellas el mejor e más buen recabdo e diligencia que ser pueda, e en seyendo proveídas las dichas minas de los indios que para ellas fueren menester, complid luego con el dicho Miguel de Pasamonte los indios que le son mandado dar.