Página:ChFSA FD1197212220(1).djvu/9

Esta página ha sido validada
8.-

Muchas veces como Senador, y siendo Presidente del Senado, recibí a los representantes de las Municipalidades para insistir sobre la situación de postergación en que se encontraban; por cierto, que esto ha traído, lamentablemente, un desprestigio de la concepción misma de la Municipalidad, que a nuestro juicio es La célula inicial en donde se comienza el trabajo comunitario, frente a problemas directos que interesan a la comunidad.

En mi recorrido reiterado por Chile, el clamor permanente fue, y es, la situación de las Municipalidades, su desfinanciamiento, su falta de atribuciones, la imposibilidad de realizar obra que efectivamente fueran en beneficio de la comunidad.

Todavía perduran -y no es el caso citarlos- los nombres de algunos Alcaldes que en muchas provincias dispusieron de algunos medios y que realizaron obras. Y el recuerdo de ellos es la demostración más clara de que han pasado muchos y muchos Alcaldes que no han dejado rastro alguno, no por falta de iniciativa o por falta de interés, sino por no disponer de los medios ni las atribuciones.

Es por ello que yo creo que esta Ley, este Proyecto de Ley es un paso de bastante importancia. Ha hecho bien el Ministro en señalar que no nos detendremos aquí; tenemos una concepción distinta de lo que debe ser la organización de la Comuna, como una Comuna mucho más dinámica, mucho más activa, mucho más vinculada con la población, en un trabajo orgánicamente integrado por las Juntas Vecinales; pero esto será una etapa posterior. Pero lo ya reseñado por el Ministro de Hacienda, creo que demuestra que el Gobierno, en cumplimiento elemental de una obligación requerida nacionalmente, ha dado un paso trascendente.

Yo quiero agradecer a los compañeros que han trabajado en este Proyecto, a los técnicos del Ministerio del Interior, de Hacienda, de la Dirección de Impuestos Internos, por su colaboración. Ello refleja una responsabilidad en el cumplimiento, no sólo de un punto del Programa de mucha trascendencia, sino en el cumplimiento de una concepción destinada a hacer posible la presencia de las municipalidades, en beneficio de la Comuna, y con un criterio que, sin restringir los ingresos de las municipalidades que tienen medios, dá fundamentalmente espectativas a aquellas Municipalidades que han tenido hasta ahora escasísimos recursos.