Página:ChFSA FD1197202210(1).djvu/4

Esta página ha sido validada
3.-

Es muy diferente lo que nosotros hemos hecho: la participación directa de los trabajadores en la dirección de las empresas.

Este sistema existe —por ejemplo— en Chuquicamata, en la CAP y en la mayoría de las empresas estatizadas.

La administración está compuesta por trabajadores elegidos en asamblea de trabajadores, con representantes de igual número, nombrados por el Gobierno, pero, también trabajadores.

Al decir trabajadores determinarnos con ello a obreros, empleados técnicos y profesionales.

Creo que esta Reforma pretende atar las manos al Gobierno. Se hace uso de la legalidad, de acuerdo al criterio que tiene la mayoría del Congreso, que es opositora al Gobierno.

Tengo entendido que en parte del debate el senador Bulnes expresó que, a su juicio, podía hasta pensarse —y lo sostuvo— que con ello se derogaba la Ley de Reforma Agraria.

Calculen Uds., el problema que se crea o podría crearse.

Sin embargo, me interesa señalar, en contra de lo que cierta prensa ha destacado, cuando nosotros enviamos nuestros proyectos y expusimos que 250 empresas, antes de precisar las 91 a que hice referencia, sean estatizadas, de esas 250 empresas, los diez —óiganlo bien— los diez mayores accionistas controlaban de 80, al 90% del capital de las empresas.

No de las 250 sino del 50%. De las 250 el 50% de esas empresas era controlado en un porcentaje que va del 80 al 90% del capital, por los diez mayores accionistas. Muchos de aquellos hombres se repiten en los directorios de esas empresas. En el 87% de los casos, los diez mayores accionistas controlan el 50% o más. Dos situaciones bien significativas, bien claras.

Es por eso que, para evitar malentendidos les entregaremos una declaración— que les leeré— que es muy grave; se las podría sintetizar, pero, como es muy importante la materia, no quiero que

SIGUE