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un solo engranaje maternal. Entonces las leyes vigentes serán una proficua realidad y no una disposición ilusoria[1].

Si la "escuela-hogar", vivificada por la educación sexual, llegara a ser un hecho —¿no evolucionará el hombre hacia la ley de amor que solidariza, hacia la comprensión del dolor ajeno que hace imposible la injusticia, hacia la paz que le permita progresar superándose a sí mismo al crear?

  1. En efecto, el inciso 8º del artículo 9º de la Ley sobre "salas cunas", dice: "En los establecimientos donde trabajen mujeres se permitirá que las madres puedan amamantar a sus hijos durante 16 minutos cada 2 horas, sin computar ese tiempo en el destinado al descanso".
    La disposición así resulta ilusoria, dice el doctor Alfredo L. Palacios: "Se permite a las madres obreras que amamanten a sus hijos, pero, ¿dónde?, ¿cómo? La ley no obliga al industrial a destinar una sala en condiciones de higiene para que allí se depositen los hijos de las obreras. De manera que éstas se verán precisadas a dar el pecho en el taller mismo: teniendo que pagar a una persona para que les lleve al niño niño 3 o 4 veces por día a la fábrica. Si se tiene en cuenta que los talleres no está siempre próximos a los hogares, se admitirá fácilmente lo absurdo de la disposición vigente."