Página:Camana pedagogia social.djvu/153

Esta página ha sido corregida

aquí, en la capital—los otros los he cursado en mi nido intelectual de La Plata.—Si no doy examen, no podré inscribirme en el profesorado: Y ese escalón me es necesario para seguir estudios superiores. Si lo doy, no sostengo con el ejemplo lo que creo justo.”

“Ea: París bien vale una misa. Aboquémonos a esta malhadada tortura que aquí dan en llamar examen oral... Pero el día que pueda ¡con qué gusto lo suprimiré, cómo votaré en contra!”

 ........................................................................................................................................................................................................

Han pasado años. El Consejo Nacional de Educación convoca al profesorado para preguntarle: ¿Debe subsistir el examen oral?

Ante todo: No se trata de aquel tirano, único juez que excluía o aprobaba por sí y ante sí. Ya no es el solo elemento de apreciación. El alumno llegará ante él con dos clasificaciones previas. Producto, la primera, del término medio de las lecciones orales de todos los meses, ratificada por la opinión de las asambleas bimensuales de profesores; la segunda, el examen escrito de mitad de año.

Luego, el esfuerzo sintetizador a que va a obligar el último examen—escrito u oral—ésto es lo que se discute—se concertará sobre la segunda mitad de cada programa. Si lo enseñado fué asimilado, no cabe el "surmenage"; además, la sobreexcitación de la espera queda excluída pues los quince días preparatorios no tienen aquí razón de ser, ni jamás la tuvieron si no se hubiera considerado siempre al examen con un criterio erróneo.