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RELACIONES HISTORICAS

turero así ultrajado, i que fue el primero de su nacion que sirviera a los caciques aborígenes, se llamaba Barrientos. Pues ese mismo es el nombre del último i valeroso chileno que ha ido a España a servir con


    cuando Méjico i el Perú eran simples vireinatos, hé aquí lo que cuenta Rosales i que no deja de ser curioso, en el cap. IX del libro IV de su Historia, inédita todavía.

    «En aquellas Cortes i asistencia que el Emperador hizo en Flandes, trató de casar a su hijo Philipe segundo, príncipe de las Españas, con la Sereníssima Doña María, única i singular heredera de los Reynos de Inglaterra, i como los grandes de aquel Reyno, reconociendo que Dona María era lexítima Reyna, respondieren que avia de ser Rey tambien quien se cassase con ella se trató de que el príncipe se coronase por Rey de Chile, i como que estas provincias que ántes no tenían otro titulo, estubiessen por el del Emperador, i perteneciessen a la Corona de Castilla, dixo: —pues hagamos Reyno a Chile, i desde entónces quedó con ese renombre».

    Bajo el mismo punto de vista, i como simple curiosidad jeográfica, damos lugar en seguida a los límites que el jesuíta Rósales fijaba al reino de Chile a mediados del siglo XVII, i los que Pedro de Valdivia asignó a la jurisdiccion del cabildo de Santiago el 13 de noviembre de 1552. Ambos documentos merecen conservarse en esta época de disputas territoriales.

    El primero dice así:

    «Ensánchese el reino de Chile de oriente a poniente por espacio de ciento y cincuenta leguas, ocupando las provincias ultramontanas de Cuyo. Confina por el septentrion con el desierto de Atacama y los paises de los indios Diaguitas, no mui lexanos de los minerales de Potosí. Al medio dia con el estrecho de San Vicente o Lemaire, mas arriba del estrecho de Magallanes. Al levante con los llanos de Tucuman, que se dilatan por casi trescientas leguas, hasta aquella parte, donde en el Atlántico océano se introduce con el poderoso rio de la Plata. Por el occidente con el amplísimo mar del sur, que se esparse sin términos espresamente conocidos».

    En cuanto a la jurisdiccion de Santiago, hé aquí la que el gobernador asignó en la fecha recordada, a peticion del procurador de ciudad Francisco Miñez:

    «Responde su señoría acerca del Capítulo de los términos que se le conceden a esta ciudad de Santiago por términos de lonjitud norte-sur, desde el valle de Choapa hasta el Rio de Maule, y del este-ueste lo que S. M. le tiene fecho merced, que son comenzando desde la mar cien leguas para la tierra adentro por el altura, y por las espaldas de la cordillera comenza desde los valles de Tucumá i Carca hasta Diamante; los cuales dichos términos dijo que daba o dió, e señalaba o señaló su señoría, atento a que no es perjuicio de ninguna ciudad, villa ni lugar, dársele a esta dicha ciudad, como se los da .—Pedro de Valdivia—Por mandado de su señoría, Diego de Orue, (escribano de cabildo).»