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REPÚBLICA ARGENTINA

10.a—Es muy factible que algun Gobernador proponga transacciones, y como éstas suelen llevar por fin entretener y distraer al enemigo, tendrá particular cuidado en aceptar toda negociacion, pero sin detener por ésta su marcha, antes bien entonces deberá apresurarlas lisonjeando á los contrarios en las palabras, pero tomando siempre mejores puntos, que hagan cada dia más apurada y peligrosa la situacion del enemigo.

11.a—En cada pueblo donde llegue averiguará la conducta de los jueces y vecinos: todos los que se hayan distinguido en dar la cara contra la Junta, serán remitidos á las Provincias de abajo, y principalmente los jueces, poniendo otros nuevos que sientan un interés personal en la conservacion del nuevo sistema.

12.a—El presidente Nieto, el gobernador Sanz, el obispo de La Paz y Goyeneche deben ser arcabuceados en cualquier lugar donde sean habidos, y á todo hombre que haya sido principal director de la Expedicion.

13.a—Cañete, Terrazas, Orihuela, los Zudañez, Ibarguen. Areta, deben venir á Buenos Aires, precisamente los que hayan dado la cara contra la Junta vendrán presos y los que nó se les hará venir, á pretesto de necesitar la Junta sus luces y consejos.

14.a—Toda la administracion pública de los pueblos se pondrá en manos patricias y seguras, uniendo de este modo el interés general del Estado al bien individual.

15.a—Mandará emisarios á los indios, que les