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F que investigar su legalidad, sino reconocerlo y tratar con él.

A ese argumento contestan los unitariosprosiguió Bello,—que, si el almirante vinicse á tratar con el señor general Rosas, como simple Gobernador de Buenos Aires, y con relación á esta sola provincia, entonces podía tratar con él, como el almirante Le—Blanc y el señor Martigny se habien entendido con el Gobierno de Corrientes. Pero que, viniendo á tratar con un Gobierno que represente en el exterior á la soberanía nacional, se encontraba con que este Gobierno no existía.

—Algo hay de eso, en efecto—contestó Mandeville con aire distraído.

Los unitarios sostienen—prosiguió Daniel,que las provincias argentinas nunca han delegado la facultad de entender en las relaciones exteriores, celebrar tratados, etc., en el Gobierno de Buenos Aires, una vez para siempre, sino espccialmente en el Gobernador, cada vez que se elige uno en los períodos legales. Que el general Rosas, nombrado Gobernador por cinco años, el 7 de marzo de 1835, se recibió del mando el 13 de abril, y su término expiró en igual día de 1840, y que con él expiró también la delegación que tenia de las provincias; que, reelecto por igual período, sólo aceptó por seis meses; pero su reelección no producía ipso jure la continuación de aquel especial mandato, y que era indispensable que le fuese renovado. Pero que, lejos de serlo, le fué retirado explícitamente por los que se lo habían conferido.

—He leído algo de eso en los periódicos de Montevideo—roplicó Mandeville, cada vez más pensativo.