Página:Acuerdos del Extinguido Cabildo TomoI LibrosXII XIV SerieII.djvu/661

Esta página no ha sido corregida

1152 va

654 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

que todo con“el Libro de sus Acuerdos trageron á este Go- vierno los Cap.”** D.* Luis Pesoa de figueroa, Alcalde hor- dinario de primer Voto, que hace ofizio de Theniente Gral., y Don Miguel de Obregon, Alguacil m.* Diputados nom- brados para el efecto, dixo: que bien save el Cav.% que los Montes, de que se han aprovechado, aprovechan, y pue- den aprovecharse, los Vecinos de esta Ciudad, para sacar madera, leña, Cañas, y. hacer Carvon, son los de la otra Vanda del Rio de las Conchas, que es el Puerto, y sur- gidero, para este trafico; cuya practica, firme, y estable, halló su Señoria quando entró á exercer estos Cargos, pa- ra cuio uso, se Valen de las Canoas, como embarcaciones á proposito para él, regulares para aquel Rio, é Yslas don- de pasan, y acomodadas á la calidad de las personas de este trajin, y de la tierra donde mo se pueden hacer, ni mantener otras Embarcaciones ; la qual ha continuado es- te Govierno, no negando licencia alguna que para este efecto, se le aya pedido por los Vecinos de esta Ciu.* aña- diendo solo á esta practica algunas vezes por no ser co- nocidas las personas que piden dichas Licencias, la dili- gencia de que informe el Alcalde de primer voto, para ol:- viar por este medio el que no desfruten forasteros lo que deven gozar los Vecinos ; no obligandoseles á que paguen gravamen, ó pension alguna por dicha Licencia ; pues aun- que está establecido, de tiempo immemorial, den un pesso en la Secretaria al que pone el Decreto de la Licencia, save su Señoria no se le ha pedido á alguno de los que han venido por ellas, desde el tiempo que entró á governar, y que si uno lo da, és de su voluntad propria, y los mas no lo executan ; ni en la guardia que asiste en el dicho Puer- to de las Conchas, se les ha sacado por esta razón ; ni solo un palo de la madera que conducen: Y aunque tambien tiene su Señoria entendido por noticias remotas, y extra- judiciales que en algun tiempo pagavan los Vecinos el «uinto de las Maderas que trayan, eran estas las que se cortavan en los montes de la Reducion de Santo Domingo