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LIBRO XIV 509 seguirla : Y respecto de éstar Ynterpuesta por éste Gov." suplica de la dba. R.! Prov.” y mediante élla deversse Suspender segun dro, su cumplimiento hasta que Ynfor- mado Su Alteza de las razones én que se funda probea lo que fuere servido; mandaba, y mandó que él dho. Cav.% no Ynnove en cossa álguna de las que expressa sobre la nueba élecgion de rexidores ni passe á exe- cutar dilix.* que conduzga ál éfecto, y em su Confor- midad mantenga él Cav.“ en la possession én que és- tan de rexidores propietarios á los Cap."** Ju.” Baup.'” frz. y D." Gaspar de Abellaneda ussando con éllos de todos los actos Y honores que deven gozar por tales Capitulares, como lo tiene mandado Su S."* por áutos de oy dia de la tha. á los Alcaldes hordin.” y que de dho. ácuerdo y éste áuto se saquen dos testim.” y lo firmó en la Ciu.* de la trinidad Pu.” de S.* M.* de B.* Ay.* en treinta dias del mes de Sep.'* de mill setecientos y seis a.* en éste papel comun á falta de el Sellado.

Don Alonso Juan de Valdes y Inclan, — ate. mi: Clem.!* Rodriguez Carrillo. — 88.% de Su Mag.!. Sacaronse los dos testim.” por dup.“ deste auto, y Acuerdo como se manda, por el, oy dia de su fha, de ello doy fee= Carrillo,

CABILDO DEL 5 DE OCTUBRE DE 1706 (Poja 47 del libro original)

En la Ciudad de la Trinidad Puerto de S." Maria de Buenos ayres a cinco dias del mes de Octubre de mil Se- tecientos y seis años: El Cavildo justicia y regim." de ella combiene a saver los Capitanes Pedro de Jiles, y Pas-

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