abeis de poseer el dicho ofizio Renunciable por el tpo.de Vra. Vida. con obligacion de que aveis de Traer Confirmazion de Su Magestad en su Real y Supremo Consexode las Yndias denttro de Seis años que sean de contar desde el dia que fuere Rezevido a dho. exerzizio En adelanttey de Otra manera lo Contrario haziendo a de quedar Vacoel dicho ofizio Y de la misma manera ; quedara Vaco si osausentareis de esta Ziudad ocho meses Sin Lizenzia deel Gov.no No yendo a Cosas del Servizio de Su Magestad Oque cumplan al pro y Utilidad de el Consejo della paraCuyo efecto mando se tome la Razon deste Titulo y nonbramientto en los Libros de dho. Cavildo Y rrespecto queabeis de Servir a este ofizio sin Utilidad alguna Os rrelevoComo Su Magestad por dha. Su Real Zedula os releva deldro. de la media Anatta que por razon de esta Mrzd. deviades pagar y mando a Vos el dho. Capittan D.n ; Balthasar de Gaette azeteis este Oficio y nombramientto Sin rreplica ni excusa alguna que no se os admitira por Convenirasi al servicio de Su Magestad y Utilidad publica de estaZiudad para lo qual mande despachar el presentte firmadode mi Mano Sellado Con el Sello de mis Armas y rrefrendado de el Ymfraescritto Secretario desta Capitania General Dado en esta Ziudad de la Trinidad Puertto de Buenos ayres a quinze dias del mes de marzo de Mill Settezientos y Un años en este Papel Comun a falta de selladoD.n Manuel de Prado Maldonado Por mandado de Su Senoria D.n estevan Guerrero Barrientos.
Segun que Consta Y parece de los dhos. titulos Orig.sde donde hize Sacar Y Saque Este traslado Van Ciertos YVerdaderos a que en lo Nesesario Me Refiero Y para queconstte doy el presente En B.s ayres en diez Y ocho diasdel mes de Marzo de Mil setecientos y Un a.s=Y En ffeede ello Lo signo Y firmo En testim.o (hay un signo) DeVerdad—
Fran.co de Angulo.—s.s.no de su mag.d