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478 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

proximo pasado : Dixo que atendiendo a lo faltas de Ga- nado bacuno cimarron, que se hallan las Campañas rea- lengas, segun parece de la Representacion hecha por el Cavildo, Justicia, y Reximiento a pedimento de el Pro- curador General, y consta por informacion hecha por su $." de algunos vez.” de esta Ciudad, los mas practicos de dichas campañas, tiene dadas las providencias que son notorias de haver cerrado la saca de dho. Ganado de esta Jurisdiccion para las Provincias de el Perú, Tucuman, y Reyno de Chile por tiempo de un año, y dado nuevas re- glas de el tiempo en que se puede entrar á dichas Campa- ñas para las faenas necesarias, sin perjuicio de su multi- plico; y que para que no comettan en lo de adelante los excesos que hasta aqui los Vecinos de la Punta, Cordova, y Mendoza, se haran Corredurias de tres á tres meses al- ternativamente por las Comp.” de Cavallos del numero de esta Ciudad ; Y respecto de que en la de los Capitanes es- tan todos los Vecinos que tienen posible, se repartira en quatro partes, para que contribuyan segun pareciere regu- lar á cada salida los que se quedaren, para, el avio de los po- bres que fueren ; y que aunque en el Vando que se publi- có á diez y siete de el corriente en esta razon, se aplica- ron las penas, y el importe de las aprehensiones por ter- cias partes, la una por mitad R.' Camara de su Magestad, y gastos de fortificaciones, y las dos al Juez, y denuncia- dor, ha sido siempre su animo ceder, como cede, la parte de Juez á los que fueren á dichas corredurias, a quienes tocara tambien la del denunciador, y assi se expressará en las comissiones que se les dieren; Lo qual es lo mesmo ue ha practicado su Señoria en las aprehensiones que se han hecho, por comisiones de su Señoria, como consta de los autos de los que executtaron los Cap."* Juan Ca- bral, Juan Maciel, y Matheo Varragan, siendo accidente el tocarles en los repartimientos mas, ó menos segun lo aprehendido : Y por lo que mira a la forma que se huvie- re de tomar para el despacho de las dichas Corredurias,