En la Ciu.d de la Trinidad Puerto de Buenos ayresa quinze dias del mes de Junio de mil setecientos y cincoas. el Cavildo Justicia y regim.to de esta Ciudad los q.de Yusso firmamos estando Juntos y congregados en laSala de sus acuerdos confiriendo lo tocante al pro y utilidad desta Rep.ca sus Vezinos y moradores lo an deUso y estilo ; y no asistio a este Cavildo el Cap.n D.n Geronimo Gaete por su notoria enferm.d el Cap.n D.nJoseph de Arregui Alfrz. R.l y Don Balthasar de quintana godoy Alcalde Provl. por estar en sus aciendas deCampo, y estando asi congregados digeron que por quanto, a dias se cumplio el term.° de los quatro meses delTurno de la bara de fiel ejecutor, q. no se a removidohasta aora por diferentes ocupacioues q. se an ofrecido, yser nezess.° passe al s.or Capitular q. le toca mandaron;jure como se acostumbra: y con efecto fue entregada ladha. bara al Cap.n Fernando de Rivera Mondragon aquien toca por turno, quien, la Recivio y Juro en formade usar bien fielm.te el dho. oficio, y a la Concluss.onDijo si Juro y amen con lo qual y por no haver OtraCossa q. conferir Mandaron Cerrar este Cavildo y lo firmaron=Sebast.n Agreda de Verg.a - — Mig.l de obregon.D. Ju.o Pacheco de santa Crus. — Her.do Riv.a mondragon.—A.te mi: Fran.co de Angulo.—ss.no de su mag.d.