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AGTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

bre q. no se extraiga fuera de la Jurisdic.l desta Ciu.dtrigo ni granos algunos, por lo esteril de la cosecha presente y q. se les obligue a los q. amasan a q. den dos libras de pan por un Real ; mediante a q. en ambas cosas els.or Cap.n Don Geronimo de Gaete Alcalde Ordin.° de primer voto tiene Ya dada Provid.a en ellas, como en q.n reside el Gov.no Politico destas Prov.as no se ofrecia q. Suplir en la materia y q. lo mismo Militava sobre el otropunto de dba. Peticion acerca de las liz.as para sevo y grasa pues asi mesmo de ocho dias a esta parte avia libradolas q. le avian parecido combenientes. Y en lo q. mira alo q. dbo. Proc.or pide en el tercer pnnto de su Escriptosobre q. se permita la Salida desta Ciudad a los Comerciantes q. entran en ella digeron q. atentos a q. esta Materia toca pribativam.te su Conocim.to al dho. s.or Don Geronii—mo por la Razon dba. podra Ocurrir a su Mrd. dllo. Proc.ormediante a q. por parte de este Cavildo se a echo la representazion nezesaria Y por quanto pide se le de testim.ode lo Proveydo a dha. su Petiz.on el presente ss.no pongaal pie de ella testim.° deste Cavildo, y fho. se lo de de todo como pide Y por no haver Otra Cosa q. tratar ni conferir se Cerro este Cavildo y lo firmaron de q. doi fee:G.no Gaette. —— Sebast.n Agreda de Verg.a — Mig.lde 0bregon. —Her.do Riv.a mondragon. —A.te mi: Fran.code Angulo.—ss.no de su mag.d.

CABILDO DEL 19 DR ENERO DE 1705
(Foja 393 vuelta del libro original)

En la Ciudad de la. Trinidad Puerto de Buenos Ayresa diez v nueve dins del mes de Henero de Mil setecientosy cinco años; estnndo en la Sala de sus Acuerdos el Cavildo Justicia y regim.to de ella los q. de Yuso firmaran