ten Y den dhas. quentas a los Juezes nomb.dos para Elefecto q.nes haviendolas tomado Las presenttaran Ante LaSeñoria deste Cav.do Cuya notticia dara el dho. alguacilm.or Como persona que le Consta muy bien Las que Loson Lo qua1 cumplan Sopena de que prosedera esteCav.do Contra Las Subso dhos. Como hallare por masCombeniente en Just.a Con lo qual p.r no haver p.r aoraotra Cossa que Conferir se acavo este acuerdo Y lo firmaron =G. Diego Rodriguez. — G.mo Gaette. — Mig.l deobregon.—Diego peres moreno.—A.te mi : Fran.co deAngulo.—ss.no de su mag.d
En la Ciudad de la Trin.d p.to de Buenos Ayres enVeinte Y Seis dias del mes de febrero de mil Settecientos Y Un años El Cav.do Just.a Y Reximiento della a Saver Los Capitanes Diego Rodriguez Y D.n Ger.mo deGaete aloaldes ordin.os Y Mig.l de Obregon alg.l m.or SeJuntaron en esta Sala Capitular de Su Ayuntamiento Yp.r no haver concurrido a Esta junta El Capp.an DiegoPerez moreno rexidor de Canon p.r Estar En Sus haziendas de Campo Con lisencia Expresa de la Señoriadeste Cav.do al Reparo dellas se dejo de trattar en lo queSe ofrecia asi sobre El abasto de Carne p.a esta republica sobre q. se a pres.do pettiz.on Por E1 then.te fran.coCasco de mendoza Como, p.r Sobre Una pulperia que delas de la Dotaz.on desta Ciudad a pedido D.n Ju.° de laCamara Cuyos Proveydos Se suspendieron hasta en tan-