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LIBRO XIII

acuerdos Dixeron Unanimes Y Conformes que por aora notenian que tratar cossa alguna que se les ofrece por aoraasta otro Cavildo que aya que aya que tratar y mandaronZe Cerrasse este Acuerdo y lo firmaronJuan Bap.ta fernandez. — D. Gaspar de Avellaneda.Joseph de Arregui. — Mig.l de 0bregon. - Her.do Riv.amondragon.—A.te mi: Fran.co de Angulo.—s.s.no de sumag.d.

CABILDO DEL 18 DE SEPTIEMBRE DE 1704
(Foja 368 del libro original)

En la Ciudad de la trinidad Puertto de Buenos Ayres enDiez y ocbo dias del mes de septtiembre de mill y sete—cientos Y quatro Años el cavildo Justicia y ReximientoLos que de Yusso firmaran estando Juntos Y CongregadosEn la sala de sus acuerdos como lo tienen de usso Y costumbre Para tratar y conferir las cossas ttocantes al servicio de Dios nuestro s.or Vien Y utilidad de la RepublicaDixeron que por aora no ttenian que tratar ni conferir cossa ninguna partticular mas que tan solam.te haviasseCumplido el termino del turno de fiel executor Y que porse prossiga en el Pressente que le toca al Capp.n Diego Perez moreno Rexidor decanon quien deve prosseguir esteturno Mandaron que el susso dho. prossiga en el dho. 0ficio Y por estar auss.te de esta dha. Ciudad en el ynter quebiniere a ella de su estancia que esta Doze leguas destadha. Ciudad Usse en nombre del susso dho. el dho. oficioel Capp.n Fernando de Rivera mondragon hasta tanto quebenga el susso dho. Y se le Reciva el Juram.to acostumbrado de Ussarlo Vien y fielm.te como es costumbre y luego que sea llegado se le entriegue al susso dho. la bara de