haver Contrabenido, a lo Contenido en este Auto o partedel : para que los Juezes hordinarios de esta Ciudad, celen por lo q. les Toca, al cumplimiento de este horden, pordirigirse Como ba dho. al Sosiego de la Republica, y Veneficio de sus Vecinos y moradores, después de haverselenotificado, por el presente escrivano, le llevara al CavildoJustioia Y Regimiento para que le Mande Copiar en elLibro de Sus Acuerdos; Y asi lo proveyo Mando y firmopor via de buen Govierno en este papel Comun a falta delSellado:Don Alonso Juan de Valdes y Ynclan: ante miFran.co de Angulo S.S.no de su Magestad=En la dha.Ciu.d de la Trinidad Puerto de S.ta Maria B.s ayres enveinte Y ocho dias del mes de Maio de mill setecientos yquatro años Yo el s.s.no de su Mag.d ley e notifique El auto de Suso segun Y oomo en el Se contiene a GeronimoNuñez Mulato en su persona q. lo oyo Y entendio y haviendolo oydo Y entendido Dijo q. dara cumplim.to a lomandado por dho. Auto Sin contrabenir en cosa a lo en elcontenido, Y esto dio por Su respuesta de q. doy fee Y lofirmo en este papel Comun a falta del sellado, GeronimoNuñez=ante mi Fran.co de Angulo escrivano de Su Magestad—Como consta de su orig.l q. queda en el Archivo deGov.no con q.n Secorrigio a q. en lo ne.° me refiero, Y para q. eonste lo Signe en el dho. dia mes y año dhos.En testtimonio (hay un signo) =De Verdad:Fran.co de Angulo s.s.no de su mag.d.
En la Ciudad de la Trinidad Puerto de Buenos Ayresa diez dias del mes de Junio de mill Setecientos y quatroaños. El Cavildo Justicia y Regimiento de ella, los q. de