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LIBRO VI 327

sirva prorrogar El termino para que corra la moneda en esta ciudad y puerto por ser”tan rremofa de las probincias del piru y ser puerto serrado y no aver comercio y para que se puedan conservar y sustentar los vezinos comodamente y acudir al servicio de su magestad con sus armas y caballos a su costa como lo hazen.

Y entendida la dioha propuesta por su señoria del cabildo unanimes y conformes—dixeron que sin enbargo de haverse hecho esta suplica a su Exx*. del señor virrey”se buelba por segunda suplica a escrivir La misma carta con noticia que dello se de al señor governador y capitan general don Pedro de Baygorri para que juntamente con este Cavildo informe su señoria lo que mas convenga al señor virrey.

Este cabildo unanimes y conformes mando se nctifique a Francisco Gonzalez Pacheco alguacil mayor acuda a los cavildos hordinarios segun esta dispuesto todos los juebes con apercibimiento que no lo haziendo se aran sin su asis- tencia y por El presente Escrivano se'le notifique y se ponga por diligencia al pie deste cab'ldo—Y con esto se acabo este cabildo y lo firmaron los dichos señores.

Den Francisco Velazquez Mclendez.—Thomas de Rozas y Azevedo.—Dcn. Eugenio de Castro.—Antonio Bernalte de Li- nares.—Ante my.—Estevan Agreda de Vergara.—Escrivano mayor de gobernacion publico y Cabildo.


NOTIFICACION (Fuja 404 vuelta del libro original)

En la ciudad de la ttrinidad puerto de buenos ayres en dies y siete dias del mes de henero de mill y seis cientos y sinquenta y quatro años yo el escrivano di noticia del cabildo

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