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136 ACTAS DEL CABILDO DE BUENOS AIRES

ubiesse provincial perpetuo della y que esto se entendiese én la jurisdission como en la dicha Ciudad de Sevilla que era lo que expresamente rreferia en la dicha mi cedula Y Lo que avia sido mi yntension Y abiendose visto por los de mi concejo rreal de las yndias juntamente con un testimonio que en el se presento por donde consto que el cavildo de la dicha cqiu- dad de sevilla nombra cada año dos alcaldes de la herman- dad no obstante que esta bendido el dicho oficio de pro- vincial della con lo que serca desto dijo y alego mi fiscal del dicho mi consejo e tenido por vien de dar la presente por la qual declaro y es mi boluntad que la creassion y ben- ta del dicho ofisio de provincial de la hermandad que antes solias aver en ella se entienda sin perjuicio de La eleccion de alcaldes de la hermandad que antes solia aver en ella lo qual mando se guarde Y cumpla sin embargo de quales- quiera ordenes y provissiones que aya en contrario que pa- ra en quanto a esto Las derogo doy por ningunas Y de ningun balor ni efecto fecha en garagoga a tres de octubre de mill y seis sientos Y quarenta y tres años — Yo el rrey: por mandado del rrey nuestro señor don Graviel de Ocaña y Alarcon — El cavildo de potossi em beynte y nuecbe de di-

ziembre de mill y seis sientos y quarenta y quatro años

se vio esta rreal cedula y se obedecio y estimo La onrra Y merced que su magestad Dios Le guarde le haze Y para

Ussar de ella mandaron que este original se ponga en el


«uaderno de cedulas Y en el libro Un tanto della: Gaspar Mar- tin de Bargas -— Concuerda este traslado con la provission original de donde se saco — que esta y queda en este ofissio de cavildo en el dicho quaderno a que me rrefiero Y para ue dello conste de pedimento de alferez Geronimo Niño de Aguilar Vezino de la Ciudad del asupssion provincia del paraguai que dijo La queriz para La dicha ciudad di el pressente en potossi a tres de henero de mill y seiscientos Y quarenta y siete años testigos Juan de Silva y Juan Ortiz Cordero Y en fee dello Lo firme en testimonio de berdad: